Corresponsabilidad con el entorno Condiciones: - Básicas
1. Ser miembros de la Redes de Economía Social y Solidaria (en Catalunya la XES, Red de Economía Social y Solidaria).
2. Intencionalidad de corresponsabilidad con el entorno y vinculación al territorio
3. Implicación en la lucha por el derecho a la vivienda.
- Recomendables
1. Hacer Balance social anual. En Cataluña existe el de la XES (Red de Economía Social y Solidaria)
2. Intercooperación y fomentar el mercado social
3. Apuesta por la sostenibilidad medioambiental
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Optar a ser miembros de otros movimientos como la Economía del Bien Común con la finalidad de disponer de una balance social que visualice el impacto social del proyecto
Crecimiento y replicabilidad Condiciones: - Básicas
1. Se comparten los conocimientos con el sector y en el entorno.
2. Acciones para fomentar y difundir el modelo.
- Recomendables
1. Fondo colectivo para fomentar el modelo y nuevos proyectos (o a nivel de entidad / proyecto o a nivel de sectorial)
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promoción de cooperativas de segundo grado para fortalecer el modelo
promoción del socio trabajador
Vivienda asequible e inclusiva Condiciones: - Básicas
1. Traspaso del uso de la vivienda a través de la cooperativa.
2. Criterios de acceso transparentes
3. Se mantiene la asequibilidad a lo largo del tiempo.
4. Limitar la aportación inicial para facilitar la accesibilidad.
- Recomendables
1. Inclusivo y diverso (género, diversidad funcional, orígenes, tipologías de UEC s ...)
2. Mecanismos de apoyo mutuo en el ámbito económico (gasto inicial, cuotas...).
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Autogestión y comunidad Condiciones: - Básicas
1. Todas las personas habitantes son socias.
2. Responsabilidad y proyecto liderado por las persons socias habitantes, de forma voluntaria
3. Esfuerzo en el empoderamiento y formación de las socias
4. Intención de vida comunitaria, mínimo de apoyo mutuo
5. Transparencia hacia el entorno.
- Recomendables
1. Incorporación de espacios comunitarios y otros recursos compartidos
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Pueden haber personas usuarias de servicios que no sea sólo el habitacional.
No lucro y propiedad colectiva Condiciones: - Básicas
1. Se mantiene la propiedad colectiva a lo largo del tiempo, de duración indefinida.
2. Cooperativas sin ánimo de lucro.
3. No hay recuperación de la cuota de uso
4. Limitar el capital social retornable respecto del total de la inversión.
5. Financiación colectiva
- Recomendables
1. No heredabilidad del derecho de uso, exceptuando situaciones de convivencia previa.
2. Se promueve un uso social de los locales y no se permite especulación.
3. Se fomenta que las socias den uso social a otros inmuebles que puedan tener, y no se permite la especulación
4. Evitar elementos de individualización (no división horizontal ...)
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Trabajar el tema de la financiación es básico para conseguir que los proyectos no tengan que hacer división horitzontal. Pues bancos como Triodos lo pide como requisito i los bancos que no lo piden no pueden dar respuesta a tantos proyectos a la vez...
Por qué limitar la recuperación de la cuota de uso y la heredabilidad. Debemos facilitar el modelo antes que restringirlo para que existan experiencias. En cuanto al uso de locales deben servir para generar economía distribuida en la cooperativa y generar empleo.
Hola. Dejo los comentarios del grupo de debate que estuve facilitando en Orcasitas el sábado 20. Como esto limita el número de palabras, voy por puntos.
Básica 1: Hay consenso en que este aspecto ha de ser así.
Básica 2: Hay consenso en que, en espíritu o intención, han de ser claramente sin ánimo de lucro. Sin embargo, se apunta que a nivel jurídico/fiscal surgen matices, ya que algunas cooperativas, sin ser con ánimo de lucro en su intención y actividad, se están viendo obligadas a figurar como tales, o están decidiendo hacerlo por las ventajas fiscales (deducir el IVA, sobre todo) que les aporta. (sigue)
(.. sigue) En la discusión se propone, como salida ideal, la lucha por que la fiscalidad reconozca ciertas ventajas o formas de funcionar sin forzar la pérdida de la condición de "sin ánimo de lucro". Mientras tanto, hay que tener en cuenta esa posible salvedad o efecto colateral si se introduce este aspecto como parte básica de la definición.
Básica 3: En este caso aparece menos consenso. Aunque se entiende el por qué de que la cuota de cesión de uso no sea recuperable, algunos asistentes creen que podría no ser un aspecto imprescindible para que la cesión de uso funcione.
Básica 4: El grupo propone que la definición diferencie más claramente dos aspectos: IGUALAR el capital social entre socias, y LIMITARLO en cuanto a su importe. Hay consenso total en que es necesario IGUALAR las aportaciones al capital social (por estabilizar el capital social cuando entran y salen socios, por igualar las condiciones de participación, por generar menos desigualdades...). (sigue)
(... sigue) Pero hay menos consenso en que esa aportación igual para todas tenga que estar LIMITADA por definición. Se comenta que el modelo ANDEL no establece ninguna limitación, y sin embargo lo consideramos un modelo de cooperativas en cesión de uso.
Básica 5: Hay consenso en que ha de ser así, y que este aspecto va a ser clave que lo entienda la banca.
Recomendable 1: No hay consenso. Algunas (pocas) lo proponen como condición imprescindible, otras consideran que está bien como recomendable.
Recomendable 2: Hay consenso en que el uso de los locales ha de ser no especulativo, y en que está bien valorar su uso social. Pero se defiende que un uso comercial (no especulativo) puede contribuir a la economía de la cooperativa y de su entorno.
Recomendación 3: Hay consenso en que esta opción no se puede incluir como básica en la definición, pero que es deseable como recomendación.
Recomendación 4: No se termina de comprender del todo. Por un lado, el hecho de que no haya división horizontal se considera implícito en la condición Básica 1, y no como algo meramente recomendable u opcional. Por otro lado, se coincide en que sería recomendable evitar otros aspectos que, por diseño, generen individualización o desequilibrio.
Ejemplo de la recomendación 4 que se mencionó: Tener un solo ático de mucho más "valor" que el resto de viviendas, en lugar de tener la cubierta para usos comunes.